USO INDEBIDO DEL PACTO COLECTIVO


Criterios para identificar el uso indebido de pacto colectivo

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Quizá una de las más flagrantes violaciones por parte de los empleadores frente al uso, promoción y firma de pactos colectivos es la inherente a los procedimientos establecidos para la concreción de pactos, a continuación, algunos criterios para identificar su uso indebido:



1. Pacto Colectivo es superior a la convención colectiva.

2. Pacto colectivo como límite para la negociación colectiva.

3. El pacto colectivo se aplicó sin surtir requisitos legales (art 481 CST). 

4. Inexistencia de denuncia del pacto colectivo.

5. Pacto colectivo tiene los mismos derechos que la convención colectiva.

6. Se presiona la adhesión masiva de trabajadores no sindicalizados al pacto durante el proceso de negociación de la convención.

7. Ante el incumplimiento del pacto colectivo por parte del empleador los trabajadores beneficiarios del pacto no exigen el cumplimiento.

8. Disminución de afiliación sindical ante la aparición de un nuevo pacto colectivo o resistencia al crecimiento de la nueva organización sindical ante un pacto ya existente.

9. Los trabajadores no sindicalizados perciben el pacto colectivo como una prebenda del empleador no el producto de una negociación.


10. El pacto colectivo se usa ilegalmente cuando el sindicato es mayoritario.

REFERENCIAS:

Escuela Nacional Sindical, (S.F). Criterios para identificar el uso indebido de los pactos colectivos.  Medellín,
Colombia. obtenida de: http://www.ens.org.co/wp-content/uploads/2016/11/CRITERIOS-USO-INDEBIDO-DE-

PACTOS-COLECTIVOS-1.pdf

4 comentarios:

  1. Es muy importante conocer casos, en los cuales es empleado el pacto colectivo de manera incorrecta, puesto que generando presión sobre los trabajadores vinculados al sindicato, se ven sometidos a beneficios adquiridos por los empleados no sindicalizados en búsqueda de minimizar los integrantes que solicitan acuerdos negociados viéndose así, como una empresa puede hacer uso de manera incorrecta del pacto colectivo.

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  2. Todos tenemos derechos ante la. Empresa a la que laboremos. Si la. Empresa no nos responde podemos hacer un grupo de sindicalismo haciendo exigencias para que cumplan con lo que se había pactado.
    Puede contribuir a anticipar posibles problemas y a concebir mecanismos pacíficos para hacerles frente, y también a encontrar soluciones que tengan en cuenta las prioridades y necesidades de los empresarios y los trabajadores. La negociación colectiva es un proceso voluntario utilizado para determinar las condiciones de trabajo y reglamentar las relaciones entre los empleadores, los trabajadores y sus organizaciones, que conduce a la conclusión de un convenio colectivo.

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  3. Todos los procedimientos de una empresa deben ser auditados, y no es la diferencia cuando se firma un pacto colectivo, por ello es importante que los empleados cubiertos por dicho pacto, conozcan cada uno de sus compromisos, derechos y deberes, y que las partes exijan el cumplimiento de ellos, ademas de auditar el cumplimiento de lo pactado.

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  4. Es importante conocer de ante mano la normatividad que rige El pacto Colectivo,pues la mala información y aplicabilidad puede llegar a distorsionar el objetivo central de este.Ocasionando el incumplimiento y el desinterés de los colaboradores.

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